Ante las quejas y consultas de los vecinos, el Área de Espacios Verdes de la Junta Comunal informa sobre la reglamentación vigente referidos a los derechos y obligaciones de los dueños de mascotas.
DECRETO Nº 1.972/001
BOCBA 1328 Publ. 28/11/2001
1.2– Los perros podrán permanecer en el espacio público sin las condiciones del apartado a) del Art. 29 de la Ordenanza Nº 41.831, solamente cuando se encontraren en los lugares exclusivamente autorizados para el uso de animales domésticos.
Art. 29. – El tránsito y permanencia de perros y gatos será permitido en las siguientes condiciones:
a). Vía pública: Deberán ser conducidos en forma responsable mediante el empleo de rienda y pretal o collar y bozal.
b) Plazas, parque y paseos: Los lugares reservados (el canil) para uso de animales domésticos.
c) Los propietarios o tenedores deberán proveerse de una escobilla y una bolsa de residuos para recoger las deyecciones de sus animales, en oportunidad de su traslado durante los paseos que realicen en áreas de dominio público. El Departamento Ejecutivo, a través de la reglamentación a la presente ordenanza, dispondrá la realización de campañas de difusión relativas al cumplimiento de los incisos precedentes.
Por lo que acabo de leer en el apartado b del Art. 29 de la Ordenanza 41.831 los perros solo pueden estar en los caniles que estan en las plazas y no en cualquier lugar de las mismas. Seria bueno que el Area de Espacios Verdes de la Comuna ponga al tanto de esto a los Administradores y a guardianes de las plazas y parques de la Comuna para que hagan cumplir esta Ordenanza, ya que en todas las plazas y parques esto no se cumple. Seria bueno tambien que los responsables del Area se pongan en contacto con los responsables de Espacios Verdes del Ministerio de Ambiente y Espacio Publico para que la carteleria que colocan en los parques sea coherente con esta Ordenanza, digo esto porque la carteleria que han colocado en el remodelado Parque Centenario es contraria a esto, la misma autoriza a entrar al parque en cualquier sector del mismo si la mascota va con correa, amen que esto tampoco se cumple ya que he visto perros metiendose en el lago, en los areneros, etc. Estos carteles no cumplen con la Ordenanza que aqui se expone, los funcionarios de dicha Area ¿conoceran la existencia de la misma?
La foto que se muestra en el editorial es, la plaza del Caballito de la Calle Rojas 130, esta es una plaza que carece de, guardianes, de cartelería donde se señale la ordenanza, muchas veces reclamadas, de noche es un festival de mascotas, porque como no se cierra, así está la plaza toda sucia.
Es verdad que los dueños de los perros debemos ser responsables y no permitir que nuestras mascotas molesten o ensucien los espacios públicos o recoger cuando lo hacen pero también es verdad que no todas las plazas o parques tienen un canil (Parque Chacabuco) o tienen caniles diminutos y mas ubicados (Parque Rivadavia) ( estos dos parques son inmensos) o en su defecto, son lugares que cuando llueve se transforman en verdaderos barriales porque no da el sol y tardan mucho en secarse, además que nadie los limpia (plaza Lavalle). De esto también debería ocuparse el área de Espacios Verdes