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10 PUNTOS CLAVES PARA LA NUEVA LEY DE CONSORCIOS

03/07/2018/0 Comentarios/en Noticias /por revistahorizonte

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La nueva Ley de Consorcios permitirá a los vecinos tener acceso a toda la documentación e información de la gestión del administrador del consorcio en forma electrónica.
La legislatura porteña finalmente convirtió en ley el proyecto del ejecutivo que posibilitará a los vecinos tener acceso a toda la documentación e información de la gestión del administrador del consorcio en forma electrónica.

A partir de ahora, entonces, se deberán liquidar las expensas en una plataforma digital que todavía no está desarrollada y poner a disposición de los vecinos todos los documentos respaldatorios de su gestión.

El Gobierno de la Ciudad orienta a los consumidores a través de la línea gratuita 147, la web www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor y personalmente en las Sedes Comunales de la Ciudad. Seguí las redes de Defensa al Consumidor y recibí más consejos: Facebook /BAconsumidor y Twitter @BAconsumidor.

¿Cuáles son los puntos principales de esta nueva ley?

1) Los administradores deberán realizar la liquidación de expensas a través de la plataforma Consorcio Participativo (todavía no está desarrollada) en la que además podrán notificar a sus administrados.

2) Los vecinos podrán validar la plataforma como medio para pronunciarse a favor o en contra de las medidas que se hayan votado en una asamblea tal y como lo prevé el código civil.

3) Esta ley resuelve la mayoría de situaciones que los vecinos denuncian a diario y representa un salto de calidad en materia de transparencia, participación y control de los administradores.

4) La plataforma Consorcio Participativo permitirá profesionalizar la actividad permitiendo al administrador realizar la liquidación de expensas, verificar todos los vencimientos, emitir comunicados a los copropietarios y hasta llevar un sistema de ticket para los reclamos que realicen los vecinos.

5) Toda la información de las compras y las contrataciones de seguros y trabajos de mantenimiento quedarán así disponibles para su consulta desde un portal exclusivo para cada edificio, en caso de remoción del administrador esa información quedará en poder de los vecinos y no podrán aparecer gastos desconocidos o facturas reiteradas.

6) La ley fija nuevas obligaciones como por ejemplo, en caso de renuncia, cese o remoción, el administrador deberá poner a disposición del consorcio dentro de los 15 días hábiles la documentación respaldatoria en papel relativa a su administración. También se fija la obligación de notificar a los propietarios la existencia de reclamos, sanciones y/o presentaciones judiciales que afecten al consorcio, dentro de las 48hs hábiles de recibida la comunicación respectiva.

7) Un aspecto significativo es que en adelante cada administrador deberá responder con su patrimonio por toda erogación proveniente del ejercicio indebido de su administración y/o infracción a las normas que regulan la actividad, salvo disposición contraria de la asamblea de propietarios. Asimismo, deberá depositar los fondos en una cuenta a nombre del Consorcio de Propietarios y no personal.

8) Respecto a la liquidación de gastos se fija la obligación de indicar en forma diferenciada los importes correspondientes a expensas ordinarias y extraordinarias.

9) Existe un capítulo en relación a la profesionalización de la actividad, es así como se solicitará a quienes ejercen la actividad acreditar la realización de un curso de administración con una carga horaria de 120 horas, con carácter anual, requisito obligatorio que permitirá renovar la matrícula habilitante.

10) Se incorpora a la ley el derecho de los vecinos a denunciar el incumplimiento de las obligaciones planteadas por la Ley 941 ante Defensa al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires.

Según datos oficiales, en lo que va del año los porteños presentaron más de tres denuncias por día contra administradores de consorcios. La falta de transparencia en la liquidación de expensas es de lo que más se quejaron los vecinos; además, los administradores ocupan el primer puesto en el ranking de sanciones de Defensa al Consumidor.

La Dirección de Defensa al Consumidor, que depende de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana a cargo de Facundo Carrillo, recibió en el primer cuatrimestre de este año 5092 denuncias por infracciones a las leyes que protegen a los vecinos. Y de ese total, 327 corresponden a Administradores de Consorcios, es decir, más de tres por día para los responsables de llevar adelante la administración de los edificios de la ciudad.

La infracción más recurrente es la falta de transparencia en la liquidación de las expensas, con un 28,3% del total de sanciones. Le siguen la desatención de la conservación de las partes comunes, con 17,5%, y la negativa a suministrar documentación del consorcio a los vecinos, con 15%.

Siguiendo con el ranking de faltas, en cuarto lugar los vecinos han denunciado que el administrador no ejecutó las decisiones adoptadas por la Asamblea de Propietarios (13%), y tampoco depositó los fondos en la cuenta del Consorcio de Propietarios (6%).


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